• El acuerdo 16 del 12 de Julio de 2013 en el artículo 1 indica que “… los egresados de la Universidad tendrán derecho a un descuento del diez por ciento del valor de la matrícula financiera en todos los programas de postgrados a los que ingresen según las reglas de selección previstos en los reglamentos”.

  • Descuentos adicionales en becas otorgados a Jóvenes Investigadores y Comunidad Académica en concordancia con el acuerdo 7 del 29 de Febrero de 2008 del Consejo Superior de la Universidad.

  • Por su parte la ley 815 del 7 de Julio de 2003 que establece nuevos estímulos a los sufragantes en el artículo 1 dice que “…el descuento del diez por ciento (10%) en el valor de la matrícula a que tiene derecho el estudiante de Institución Oficial de Educación Superior, como beneficio por el ejercicio del sufragio, se hará efectivo no sólo en el período académico inmediatamente siguiente al ejercicio del sufragio sino en todos los períodos académicos que tengan lugar hasta las votaciones siguientes en que pueda participar”.

  • El programa a juicio del director podrá otorgar becas parciales o totales a estudiantes extranjeros dependiendo del perfil de investigación y profesional.

Actualizada: 20 de octubre de 2014 11:25 AM • Sin categoría